Normas de Participación
1º.- La Duración del presente contrato, es de inicialmente para un ciclo de 30 jornadas, las cuales las determinará el equipo técnico de Orbital Peñas SL.
Este contrato quedará automáticamente renovado para el ciclo siguiente dentro de la misma temporada siempre que no haya alguna de las dos partes que indique lo contrario.
2º.- El hecho de efectuar la aportación dará derecho a la participación en la inversión conjunta y en su proporción correspondiente. Será necesario indicar su identidad al realizar el ingreso a través de su entidad bancaria para que Orbital Peñas SL. pueda identificar su participación. Orbital Peñas no asume ninguna responsabilidad y se mantiene al margen del origen del capital aportado por el participe, siendo el participe el único responsable de responder ante algún organismo oficiadle tal requerimiento. El hecho de efectuar la aportación mínima de 300 € dará derecho a la participación en la inversión conjunta por un valor real de 270 € El comprador de esta papeleta participa en la combinación semanal con 9 € de su coste, cediendo el 1 € restante a favor de Orbital Peñas SL.
3º.- El importe del sistema empleado para cada jornada será de mínimo 2.000 € (4.000 apuestas) Una vez garantizado el mínimo de esta participación durante el ciclo de 30 jornadas la organización se reserva el derecho de cerrar el periodo de inscripción.
4º.- Orbital Peñas SL se reserva el derecho de la no participación en jornadas en que la composición del boleto no esté formado por equipos de primera división de la liga española de fútbol
5º.- Orbital Peñas SL. proporcionará a sus participes las apuestas de la combinación en formato digital así como las condiciones del pronóstico, después de cerrarse el periodo de validación oficial de la jornada en curso.
6º.- Orbital Peñas SL. distribuirá el software necesario y gratuito para poder escrutar la combinación de la jornada en directo. Después de cada jornada Orbital Peñas SL. publicará los resultados del escrutinio oficial de la jornada así como del importe de los premios obtenidos.
7º.- Orbital Peñas SL. garantiza todos los premios resultado de la combinación que se detalle y se valide y que vengan relacionados en la lista oficial de premios del LAE. Orbital Peñas SL. no se responsabiliza de errores de composición, impresión, de carácter informático o de cualquier otro tipo. Se garantizan únicamente los premios que generen las combinaciones que Orbital Peñas SL. certifique su validación mediante la autenticidad de los boletos correspondientes.
8º.- Orbital Peñas, S.L., es un mandatario del cliente. Por lo que su función es la de tramitar correctamente, junto con el punto de venta, la solicitud de participación del mismo, de modo que realizado correctamente el mandato, por parte de Orbital Peñas, S.L., el cliente renuncia expresamente a reclamar a Orbital Peñas, S.L., por cualquier negligencia o incumplimiento que venga dado por la actuación del punto de venta, y por tanto el cliente se obliga a dirigir la reclamación oportuna contra el colaborador, eximiendo de cualquier tipo de responsabilidad a la mercantil.”
9º.- La liquidación de la participación se realizará mediante transferencia, si no se indica lo contrario, a favor del titular de la participación y al finalizar el ciclo cuando el LAE haya abonado todos los premios obtenidos en las apuestas de la inversión.
10º.- Orbital Peñas SL descontará en concepto de gastos de administración y gestión el 5 % + IVA de los premios obtenidos Las jornadas que se obtengan beneficios.
11º.- Orbital Peñas SL. facilitará a los participes que lo soliciten certificación oficial acreditativa de la obtención de premios, que será confeccionada por el LAE y por la entidad financiera correspondiente.
12º.- Solo los partícipes con aportación superior o igual a 3.000 € adquieren el derecho y garantía de continuidad en el participación de ciclos de la siguiente temporada. En el supuesto que la cantidad de la inversión conjunta se amplíe en un futuro, dicho participe tendrá también el derecho de conservar su porcentaje de participación si así lo desea.
13º.- Orbital Peñas SL. solo se responsabiliza del cumplimiento de estas normas.
14º.- Las partes con renuncia expresa del fuero que pudieran corresponderles, someterán sus controversias a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Igualada (Barcelona)Con la adquisición de la participación, el partícipe acepta las presentes normas.